Impulsando los pagos en la Unión Europea: el impacto del Reglamento sobre Pagos Inmediatos

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El 19 de marzo de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2024/886 relativo a las transferencias instantáneas en euros (el «Reglamento sobre Pagos Inmediatos»). El Reglamento sobre pagos inmediatos entró en vigor el 8 de abril de 2024, y sus requisitos, que se describen a continuación, serán aplicables con carácter general en enero de 2025 a los proveedores de servicios de pago en relación con la recepción de transferencias instantáneas en euros, y en octubre de 2025, a los proveedores de servicios de pago en relación con el envío de transferencias instantáneas en euros.

El Reglamento sobre Pagos Inmediatos modifica, entre otros, el Reglamento (UE) nº 260/2012, que sentó las bases de la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA). La SEPA ha sido fundamental para agilizar los pagos en euros en toda la Unión Europea, ya que ha promovido normas uniformes al tiempo que ha fomentado la competencia en todo el sector de pagos de la Unión. Para seguir adaptándose a las innovaciones del mercado, el Parlamento Europeo y el Consejo han adoptado el Reglamento sobre pagos inmediatos con el fin de mejorar la SEPA con medidas actualizadas dirigidas a impulsar la adopción y la eficiencia de las transferencias instantáneas en la Unión Europea.

Para ello, la principal característica del Reglamento sobre Pagos Inmediatos es conceder a los consumidores y a las empresas de los países de la Unión y del EEE pleno acceso a los pagos instantáneos en euros. El objetivo es, por tanto, proporcionar a los beneficiarios y ordenantes europeos un marco mejorado para las transferencias rápidas, reforzando al mismo tiempo la independencia estratégica a nivel del sector económico y financiero europeo al reducir la dependencia de instituciones e infraestructuras financieras de terceros países (como las redes de tarjetas), que podrían poner en peligro la estabilidad y soberanía del sistema financiero europeo.

Al disminuir la mencionada dependencia y reforzar su autonomía financiera, el Reglamento sobre Pagos Inmediatos también fomenta la competencia y la innovación en el sector europeo de servicios de pago. Además, el Reglamento sobre Pagos Inmediatos promueve la importancia de la seguridad de los datos y la protección de los consumidores en los sistemas de pagos instantáneos para mantener la confianza del público en el sector financiero.

Uno de los principales cambios normativos que establece el Reglamento sobre Pagos Inmediatos es que los proveedores de servicios de pago tendrán que ofrecer a emisores y receptores la posibilidad de iniciar y recibir «transferencias instantáneas» en euros (además de las transferencias estándar que se ofrecen actualmente). Una «transferencia instantánea» se define como «una transferencia que se ejecuta inmediatamente [es decir, en menos de 10 segundos], 24 horas al día y cualquier día natural» (artículo 1.1.a) del Reglamento sobre pagos inmediatos).

De este modo, el Reglamento sobre Pagos Inmediatos permite a los clientes transferir fondos en euros, tanto a nivel nacional como a otros Estados miembros de la UE, en sólo 10 segundos, las veinticuatro horas del día.

Sin embargo, el Reglamento sobre Pagos Inmediatos no se limita a establecer las citadas transferencias más rápidas, sino que también subraya la importancia de salvaguardar los datos y proteger a los usuarios de los sistemas de pagos instantáneos. En este sentido, el Reglamento sobre Pagos Inmediatos establece que los proveedores de servicios de pago deben comprobar si el identificador de la cuenta de pago del beneficiario y el nombre del beneficiario facilitado por el ordenante coinciden. Cuando no coincidan, el proveedor de servicios de pago del ordenante deberá, basándose en la información facilitada por el proveedor de servicios de pago del beneficiario, notificarlo al ordenante e informarle de que la autorización de la transferencia podría dar lugar a una cuenta de pago de la que no sea titular el beneficiario indicado por el ordenante. Este paso ayuda al ordenante a evitar errores o pagos fraudulentos, y también se aplica a las transferencias estándar (es decir, no instantáneas). En determinadas circunstancias, los usuarios de servicios de pago que no sean consumidores podrán optar por no recibir el mencionado servicio.

Dicho lo anterior, la obligación de realizar comprobaciones del IBAN/nombre no es sencilla de aplicar. La ABBL (Asociación de Banqueros de Luxemburgo) ha señalado que el cumplimiento de tal obligación constituye un cambio significativo, sobre todo en Luxemburgo, donde un número importante de bancos son bancos privados y de inversión a los que, por las características de su clientela y actividades, las transferencias instantáneas no forman parte de su actividad principal.

«El Reglamento sobre pagos inmediatos establece que los proveedores de servicios de pago deben comprobar si el identificador de la cuenta de pago del beneficiario y el nombre del beneficiario facilitado por el ordenante coinciden. Cuando no coincidan, el proveedor de servicios de pago del ordenante deberá, basándose en la información facilitada por el proveedor de servicios de pago del beneficiario, notificarlo al ordenante e informarle de que la autorización de la transferencia podría dar lugar a una cuenta de pago de la que no sea titular el beneficiario indicado por el ordenante.»

También cabe destacar que el Reglamento sobre Pagos Inmediatos permite a las entidades de pago y de dinero electrónico participar en los sistemas de pago mediante la modificación de la Directiva 98/26/CE sobre la firmeza de la liquidación en los sistemas de pagos y de liquidación de valores (Directiva sobre la firmeza de la liquidación – DFL). También se ha modificado la Directiva (UE) 2015/2366 sobre servicios de pago en el mercado interior (Directiva sobre servicios de pago – DSP II) para introducir condiciones para solicitar la participación en los sistemas de pago designados, que consiste en medidas de salvaguardia adicionales adecuadas para garantizar que el acceso de las entidades de pago y las entidades de dinero electrónico no conlleve un riesgo adicional para estos sistemas de pago. El Reglamento sobre Pagos Inmediatos incorpora, por lo tanto, las garantías necesarias para que el acceso de las entidades de pago y de dinero electrónico a los sistemas de pago no suponga un riesgo adicional para el sistema.

Por último, para abordar el cumplimiento de las medidas restrictivas de la UE, el Reglamento sobre Pagos Inmediatos exige una verificación periódica, al menos diaria, de los usuarios con respecto a las listas de medidas restrictivas. Esto no constituirá ningún cambio importante, puesto que ya se ajusta a las normas de Luxemburgo.

En conclusión, el Reglamento sobre Pagos Inmediatos supone un avance significativo en el panorama financiero de la Unión Europea al facilitar transferencias en euros rápidas, seguras y eficientes entre los Estados miembros. Al reforzar la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA), este Reglamento mejora tanto la comodidad de los usuarios de los pagos como la autonomía financiera de la UE. Promueve la competencia y fomenta la innovación en el sector de los servicios de pago. Además, hace hincapié en la seguridad de los datos y la protección de los usuarios para mantener la confianza del público. A pesar de las dificultades de aplicación, especialmente en lo que se refiere a la verificación del IBAN y el nombre, las amplias salvaguardias del Reglamento garantizan un enfoque equilibrado, minimizando los riesgos y maximizando los beneficios tanto para los consumidores como para las empresas.

Si tiene alguna pregunta o necesita ayuda en relación con la aplicación del Reglamento sobre Pagos Inmediatos, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarle a garantizar el cumplimiento de todos los requisitos pertinentes y proporcionarle asesoramiento y apoyo jurídico a medida.

Autores

Marc Mouton

Partner
Arendt & Medernach SA

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